
¿Quién decide que un niño deje de vivir con sus padres?
Redacción


Por Joan Pau Rica Lopez
Hay decisiones que hacen temblar a cualquier sociedad, y una de ellas es separar a un niño de sus padres.


En España, esa decisión puede producirse sin que previamente la tome un juez.
Cuando la Administración considera que existe una situación de «desamparo», asume la tutela del menor y ordena su separación de la familia. La ley permite que esa decisión administrativa sea ejecutiva inmediatamente. Después podrán intervenir la Fiscalía y los tribunales si los padres recurren.
El sistema tiene una explicación: cuando un niño está realmente en peligro, no tiene sentido obligar a la Administración a esperar meses a una resolución judicial. Pero, me pregunto ¿Es suficiente que la decisión inicial dependa de una valoración administrativa?
Porque una cosa es proteger a un niño y otra muy diferente es convertir una valoración de la asistencia social en una separación que puede cambiar para siempre la vida de un menor y de sus padres.
Entiendo que los profesionales de servicios sociales han de intervenir, pero cuestiono que una decisión de esas consecuencias pueda ejecutarse antes de que un juez haya podido examinar el caso.
Por tanto, entendemos que la Administración actúe inmediatamente cuando exista un peligro grave y acreditado, pero que, al mismo tiempo, exijo que un juez revise con rapidez esa decisión, especialmente cuando los padres se oponen.
Porque retirar a un niño de su familia es una de las decisiones más graves que puede tomar un poder público sobre la vida de una persona.
Y hay otro asunto del que se habla bastante menos: el dinero.
En Cataluña, una familia acogedora recibe actualmente una prestación básica mensual de 511 euros por un menor de 0 a 9 años, 548 euros entre 10 y 14 años y 580 euros entre 15 y 18 años, además de determinados complementos. En los acogimientos de urgencia existe una prestación básica de 511 euros más un complemento de 700 euros. Pero eso es solamente una parte de la historia.
Cuando el menor entra en un recurso residencial, las cantidades son completamente diferentes.
Un documento del propio Departamento de Derechos Sociales de la Generalitat calculaba, por ejemplo, costes anuales de 42.336 euros por menor en determinados servicios de primera acogida y 55.560 euros en determinados centros de acogida.
Y aquí aparece una cuestión que merece toda nuestra atención y mucha más transparencia.
En julio de 2026, el Parlamento de Cataluña señaló que entre 2011 y 2025 habían aumentado un 84 % los casos que debía atender la DGAIA y un 71 % los menores tutelados. Pero también señaló que solo el 5 % de las plazas residenciales de protección infantil eran de gestión pública.
El 95 % restante está en manos de entidades externas. Y AQUÍ VIENE MI PREGUNTA: ¿ EXISTE UN NEGOCIO ALREDEDOR DE LOS MENORES?, porque la propia Sindicatura de Comptes señalo que, durante el período fiscalizado, la DGAIA no disponía para buena parte de los servicios contratados de estudios de costes que permitieran conocer con certeza la relación entre los precios pagados y el coste real de los servicios.
Por eso creo que hay que cambiar el enfoque. Hemos de no convertir el criterio de ningún profesional en una verdad incuestionable, porque es evidente que un informe social puede ser imprescindible, pero cuando la consecuencia es arrancar a un niño de su casa, la última palabra debería tenerla un juez independiente en un procedimiento rápido, contradictorio y con todas las garantías.
Porque nuestra responsabilidad consiste tambien en protegerlo de una Administración que pueda equivocarse, ya que CUANDO EL ESTADO SEPARA A UN NIÑO DE SU FAMILIA, LA PROTECCIÓN DEBE SER INMEDIATA; PERO LA JUSTICIA TAMBIÉN.
Por eso mismo hacemos poblica nuestra cruzada para corregir este sistema y que cuando se separe un niño de su familia sea la ultima de las soluciones posibles , y en eso nos encontramos personalmente, sabemos de los esfuerzos de notables letrados/as y de algunas organizaciones religiosas como por ejemplo la que lidera el Padre Teodoro













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