
Los motoristas tendrán que llevar guantes y calzado cerrado desde octubre
Redacción


Los motoristas tendrán que adaptar parte de su equipamiento a partir del próximo 1 de octubre de 2026, cuando entre en vigor la reforma del Reglamento General de Circulación aprobada por el Gobierno. Entre las principales novedades se encuentra la obligatoriedad del calzado cerrado en todo tipo de vías y del uso de guantes de protección para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores en vías interurbanas. Ambas conductas están consideradas infracciones graves y pueden ser sancionadas con 200 euros.
La reforma impulsada por el Ministerio del Interior y la Dirección General de Tráfico pretende reforzar la seguridad de los usuarios más vulnerables de la carretera y establece nuevas condiciones tanto para motoristas como para otros colectivos, entre ellos ciclistas y usuarios de vehículos de movilidad personal.
Adiós a las chanclas y al calzado abierto
Una de las modificaciones más claras afecta al calzado. Desde el 1 de octubre, quienes circulen en motocicleta o ciclomotor tendrán que utilizar calzado cerrado independientemente del tipo de vía por el que circulen.


La medida impedirá, por tanto, conducir utilizando chanclas, sandalias u otros zapatos abiertos. El objetivo es aumentar la protección de los pies ante posibles caídas o accidentes, una de las partes del cuerpo especialmente expuestas cuando se circula en vehículos de dos ruedas.
A diferencia de otras medidas contempladas en la reforma, esta obligación se aplica tanto en vías urbanas como interurbanas. Su incumplimiento constituye una infracción grave con una sanción económica de 200 euros.
Los guantes serán obligatorios fuera de las ciudades
La segunda gran novedad relacionada con el equipamiento afecta a los guantes de protección. Conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores deberán utilizarlos cuando circulen por vías interurbanas.
No obstante, existe un matiz importante: la normativa establece la obligación, pero las características técnicas concretas que deberán cumplir los guantes homologados necesitan desarrollo mediante la correspondiente orden ministerial. Por ello, conviene diferenciar entre la obligación general de utilizar protección para las manos y la futura especificación técnica del equipamiento.
La falta de los guantes cuando sean exigibles también tendrá la consideración de infracción grave y podrá suponer una multa de 200 euros.
Las motos podrán utilizar el arcén en los atascos
La reforma incorpora además una modificación que afecta directamente a la circulación. Las motocicletas podrán utilizar el arcén derecho cuando exista congestión del tráfico, siempre que el tramo esté debidamente señalizado.
Esta posibilidad estará limitada a una velocidad máxima de 30 kilómetros por hora y los motoristas deberán respetar la prioridad de aquellos vehículos que tengan que circular obligatoriamente por el arcén, como puede ocurrir con las bicicletas.
La medida pretende regular una práctica que algunos motoristas ya realizaban en situaciones de tráfico intenso y establecer unas condiciones concretas para reducir los riesgos.
Nuevas obligaciones para los repartidores
El nuevo reglamento también introduce requisitos específicos para quienes utilizan motocicletas o ciclomotores como herramienta de trabajo. Los repartidores deberán utilizar un chaleco reflectante de alta visibilidad durante su actividad profesional.
Esta medida busca aumentar la visibilidad de quienes pasan buena parte de su jornada circulando entre el tráfico urbano y pretende reducir el riesgo de accidentes asociados a la actividad profesional sobre dos ruedas. El incumplimiento será considerado igualmente una infracción grave con una sanción de 200 euros.
El casco homologado tendrá más adelante un periodo de adaptación
Otra de las novedades afecta a los cascos utilizados por los usuarios de ciclomotores. Sin embargo, en este caso la entrada en vigor se ha retrasado.
Mientras que las principales modificaciones del reglamento comenzarán a aplicarse el 1 de octubre de 2026, la obligación relativa a que determinados cascos estén homologados y no simplemente certificados tendrá como fecha de entrada en vigor el 1 de octubre de 2027.
La reforma establece así un periodo adicional para que los usuarios puedan adaptarse a las nuevas exigencias.
Más protección para un colectivo especialmente vulnerable
La DGT justifica estos cambios en la necesidad de mejorar la seguridad de los motoristas, un colectivo especialmente expuesto en caso de accidente. Las nuevas obligaciones se integran en una reforma más amplia del Reglamento General de Circulación destinada a reforzar la protección de los usuarios vulnerables.
A partir de octubre, por tanto, los motoristas tendrán que prestar especial atención a su equipamiento: calzado cerrado siempre y guantes de protección en las vías interurbanas, además de conocer las nuevas condiciones para circular por el arcén y las obligaciones específicas que afectan a los profesionales del reparto.
La entrada en vigor de estas medidas supondrá un cambio en algunos hábitos muy extendidos entre los usuarios de motocicletas y ciclomotores y busca que la protección deje de depender únicamente de las recomendaciones para convertirse en una exigencia reglamentaria.




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