Los propietarios de drones deberán registrarlos en una base de datos de Interior

Sociedad11/11/2025RedacciónRedacción
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Un dron en vuelo | Foto de 123RF/Minivector

Los propietarios de aeronaves no tripuladas o drones deberán registrarlos en una fase de datos del Ministerio de Interior para evitar que estos dispositivos se usen para actividades delictivas o terroristas.

Así figura en la 'Guía de trámites' 2025 del Ministerio del Interior, donde se explica que este registro responde al Real Decreto 517/2024, de 4 de junio, que desarrolla el régimen jurídico para la utilización civil de sistemas de aeronaves no tripuladas, según establece su artículo 53.

Según el contenido de la 'Guía 2025' a la que ha tenido acceso Servimedia, la normativa establece obligaciones específicas para los propietarios de drones adquiridos antes de la entrada en vigor del real decreto, contempladas en la disposición transitoria cuarta sobre "la obligación de comunicación de datos al Registro".

Este plazo para los propietarios de aeronaves adquiridas con anterioridad "empezará a contar desde que el Registro esté plenamente operativo", según detalla la información oficial del ministerio.

El Ejecutivo está "trabajando intensamente para desarrollar e implementar este registro de manera efectiva y eficiente".

NORMAS Y USOS

El Real Decreto 517/2024 modifica diversas normas reglamentarias en materia de control, importación, seguridad de productos, demostraciones aéreas civiles, lucha contra incendios y búsqueda y salvamento, entre otras disposiciones.

La normativa básica reguladora incluye la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, publicada en el BOE número 77 del 31 de marzo de ese año.

El nuevo registro forma parte del desarrollo del régimen jurídico para sistemas de aeronaves no tripuladas y establece requisitos específicos de aeronavegabilidad, licencias, matriculación y compatibilidad electromagnética de equipos eléctricos y electrónicos utilizados en estas aeronaves.

(SERVIMEDIA)

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